Si en tu pyme eres la persona a cargo de contratar trabajadores y no sabes de derecho laboral, te haré una sola pregunta: ¿pondrías las manos al fuego por los contratos individuales de trabajo que les estás haciendo firmar?
Porque no se trata de descargar una plantilla de internet, cambiarle la información y ponerle la firma. Resulta que si no haces bien estos contratos, tendrás varios dolores de cabeza legales y habrá daños a la reputación de tu empresa.
Son varios los errores que las pymes cometen cuando no reciben asesoría legal para redactar estos documentos; sean personas morales o personas físicas con Actividad Empresarial.
Aquí te listo las 3 principales para que revises si los estás haciendo:
1. No saben qué es un contrato individual de trabajo
La Ley Federal de Trabajo lo deja clarísimo en su artículo 20: aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra, un servicio personal subordinado y mediante una retribución convenida.
Luego entra a detallar sus características principales y condiciones entre los artículos 21 y 41, que te recomiendo revisar con mucha atención.
2. El contrato no incluye algunas de las condiciones de trabajo obligatorias
Este documento tiene que ir por escrito e incluir TODAS estas condiciones, que según estipula el artículo 25 son:
- Nombre
- Nacionalidad
- Edad
- Sexo
- Estado civil
- Clave Única de Registro de Población
- Registro Federal de Contribuyentes
- Domicilio del trabajador y del patrón
- Tipo de relación laboral
- Servicio o servicios que deban prestarse
- Lugar o los lugares donde deba prestarse el trabajo
- La duración de la jornada
- La forma y el monto del salario
- El día y el lugar de pago del salario
- Indicar si el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa, conforme a lo dispuesto en la ley
- Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás que convengan el trabajador y el patrón.
- La designación de beneficiarios a los que refiere el artículo 501 para el pago de los salarios y prestaciones devengadas y no cobradas a la muerte de los trabajadores o las que se generen por su fallecimiento o desaparición derivada de un acto delincuencial.
3. Tienes a tus colaboradores trabajando con el contrato equivocado
La relación de trabajo entre tu empresa y tu trabajador depende del servicio que necesitas que preste.
Pero capaz que lo hayas empleado con un contrato que no corresponde a su labor a la cantidad de tiempo que requiere para hacerla.
Por eso revisa bien si tu trabajador tiene un contrato por:
- Obra o tiempo determinado: corresponde a relaciones laborales que por su naturaleza ocurren en un momento dado, como por ejemplo tienes que contratar a alguien para reemplazar a un trabajador por incapacidad laboral, o para que solo labore en Navidad o durante las vacaciones de invierno o verano, explica el portal legal Justia México.
- Tiempo indeterminado: la relación laboral se mantiene continua en el tiempo y no tiene fecha de término establecida porque la naturaleza del trabajo no es estacional.
- Por temporada: el trabajo es discontinuo; por ejemplo, tu empresa requiere servicios para labores fijas y periódicas que no son constantes en el año, o no es necesario que la persona esté contratada durante toda una semana, mes o año.
- A prueba o capacitación inicial: tu empresa contrata al trabajador para que adquiera un conjunto de conocimientos o habilidades necesarias para realizar una actividad posterior.
Ya que se cometen muchos errores con estos contratos, la ley federal aclara ciertas situaciones ambiguas que se repiten, por ejemplo:
- Si el contrato no indica expresamente el tipo de relación laboral porque está mal redactado u omite esta condición, la ley asumirá la relación laboral como tiempo indeterminado.
- Si la fecha de término del contrato por obra o a tiempo determinado vence, pero el trabajo sigue, tu empresa debe prorrogar la relación hasta completarlo.
- Si hay un contrato por tiempo indeterminado o uno que exceda los 180 días, puede haber un periodo de prueba de un máximo de 30 días para que el trabajador adquiera conocimientos necesarios o demuestre sus habilidades.
- Durante el período de prueba, la empresa le debe pagar al trabajador su salario completo, seguridad social y las prestaciones que corresponden a su categoría o puesto (pagar el afore, por ejemplo).
Dado lo anterior, es importante que confirmes si los contratos individuales de trabajo que tienes con tus trabajadores especiales son los correctos.
El título sexto de la Ley Federal de Trabajo identifica expresamente este tipo de relaciones laborales y el tipo de contrato que deberían tener:
- Trabajadores de confianza
- Trabajadores de los buques
- Trabajo de las tripulaciones aeronáuticas
- Trabajo ferrocarrilero
- Trabajo de autotransportes
- Trabajo de maniobras de servicio público en zonas bajo jurisdicción federal
- Trabajadores del campo
- Agente de comercio y otros semejantes
- Deportistas profesionales
- Trabajadores actores y músicos
- Trabajo a domicilio
- Teletrabajo
- Personas trabajadoras del hogar
- Trabajadores en minas
- Trabajo en hoteles, restaurantes, bares y otros establecimientos análogos
- Industria familiar
- Trabajos de médicos residentes en periodo de adiestramiento en una especialidad
- Trabajo en las universidades e instituciones de Educación Superior autónomas por ley
¿Es lo mismo hacer un contrato individual de trabajo que un contrato de prestación de servicios profesionales?
Ambos son contratos que están regulados por la ley federal y son un respaldo formal de una relación de trabajo entre un patrón y un trabajador. Es un colchón de seguridad, añade OCC Mundial.
Sin embargo, hasta ahí se parecen. Son varias las diferencias, según la Enciclopedia Jurídica Online de México, entre ellas:
- El primero formaliza una relación donde hay una subordinación laboral, es decir, un trabajador en específico debe cumplir ciertas obligaciones, además de hacer su labor para recibir su salario, como respetar un horario, ir a la oficina, marcar asistencia, etc. Y debe hacerlo la persona que aparece en el contrato, nadie más. A cambio, la empresa también paga las prestaciones legales como seguridad social y seguro de salud. Está regido por La Ley Federal De Trabajo.
- El segundo es usado para pagar honorarios por servicios o metas específicos y no contempla el pago de prestaciones legales ni el cumplimiento de un tipo de jornada laboral. La persona contratada puede subcontratar a otros para cumplir con el objetivo si quiere. Generalmente, las empresas ocupan este contrato con trabajadores independientes o freelancers. Está regido por el Código Civil Federal y la Ley de Profesiones en el caso del Distrito Federal de México.
Consejos para garantizar que los contratos individuales de trabajo de tu empresa sean los correctos
- Si el contrato que tienes con tu colaborador obvia alguna condición, apresúrate en rectificarlo desde ya. Por defecto, la Ley Federal de Trabajo las da por sentadas.
- La ley dice que es error del patrón (empleador) si algo no está en el contrato. Por eso recibe una multa de parte de la Inspección Federal del Trabajo.
- Asesórate con un abogado laboral especialista en empresas cuando debas contratar a una persona.
- Mantente al tanto de los cambios a la Ley Federal de Trabajo, la Ley de Profesiones, y el Código Civil Federal.
- Invierte en herramientas de gestión documental para mantener estos papeles legales ordenados, sobre todo si haces anexos o agregas nuevas cláusulas a los contratos.
- Entiende cómo trabaja la Inspección Federal de Trabajo y cómo supervisa los contratos que tienes con tus trabajadores.